Donaciones en especies

El Ministerio de Hacienda, Administración Tributaria de San José dice según el (artículo 8, inciso q, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Nº 7092 del 21 de Abril de 1988 y sus reformas, así como el artículo 12, inciso l) del Reglamento de dicha Ley, en el cual se establece que las empresas podrán deducir del Renta Bruta, como gasto, las Donaciones debidamente comprobadas que se hayan efectuado durante el período fiscal, entre otros entes mencionados a las Fundaciones y Asociaciones para Obras de Bien Social, como lo es nuestra Asociación con autorización emitida en San José, el 24 de Julio del 2003, según oficio Nº 1-207-03. La Asociación Obras del Espíritu Santo está autorizada para recibir donaciones y que sean deducidas del impuesto de la renta.

Por reglamento interno, responsabilidad social y transparencia en nuestras operaciones para toda donación (ingreso-como salidas económicas y/o en especies) se extenderá el respectivo recibo de comprobante sin excepción alguna